Artículo 71. Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes Ejecutivos Federal, de las Entidades Federativas y municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
Contenido | Inciso | |
---|---|---|
Plan de Desarrollo |
A | |
Leyenda |
B | — |
Presupuesto de egresos |
B | |
El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio y la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales |
C | — |
Contribuyentes que recibieron cancelación o condonación de créditos fiscales |
D | — |
Estadísticas sobre exenciones |
D | — |
Disposiciones administrativas |
G | — |